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“NO PODEMOS SEGUIR NEGANDO CUIDAR EL MEDIO AMBIENTE, DEBE SER UN ASUNTO DE URGENCIA NACIONAL”

Diputado Armando Castillo, Comisión de Ambiente del Congreso


Por: Dennis Chan

Foto: elpaís.cr


Recientemente La Comisión de Ambiente del Congreso de la República presentó una propuesta de ley denominada Ley 5830 Gestión de Residuos y Desechos Sólidos que contempla lo siguiente: en cada hogar, empresa o cualquier sitio público se deberá separar desechos, como mínimo, entre orgánicos e inorgánicos, si no se hace la separación de residuos las municipalidades impondrán multas, quedará a criterio de cada una el monto, la misma ronda un máximo de 20 salarios mínimos y la multa sube a un tercio más si el delito se comete en áreas protegidas, además trabajo comunitario a quien incumpla esta norma.

Esta iniciativa propone crear un nuevo delito llamado disposición ilegal de residuos y desechos sólidos comunes, que lo cometería quien abandone, queme o almacene chatarra o desechos sólidos en caminos, carreteras, barrancos, calles o lotes baldíos, por tal razón Generación 2.0 conversó con el Sr. Diputado Armando Castillo, quien es integrante de la Comisión de Ambiente en el Congreso de la Republica:


Se le consultó al tercer vicepresidente del Organismo Legislativo si, ¿Sería viable la propuesta de ley en el país?, tomando en cuenta que en Guatemala aún muchas personas tienen el hábito de quemar los desechos.


A lo que el parlamentario indicó: precisamente esa es la razón de ser de esta iniciativa, cambiar el paradigma y hacer sostenible un proceso que se convierte en una responsabilidad compartida. Esta iniciativa recoge algunos elementos de propuestas anteriores, pero que siempre dejaban de lado algunos aspectos técnicos dignos de considerarse.


Por supuesto, será, tal como lo dije, un proceso, muchos sectores tendrán que ceder, pero particularmente, la población, porque la conservación del medio ambiente es tarea de todos, todos hemos contribuido al desgaste de la misma. Informó.


¿Hay un espacio en la actual agenda legislativa para entrar a conocer esta propuesta, y así poder ser aprobada? Tomando en cuenta hay temas de urgencia nacional (por ejemplo, lo relacionado a la pandemia de COVID-19 que nos afecta actualmente)


Verá, con voluntad política es posible llevar esta ley y otra más al Pleno del Congreso, el entrampamiento de la agenda es una limitante y lograr consensos para que ésta se mueva será una cuestión de cabildeos, pues tan importante es la aprobación de una ley de Leasing, (norma de carácter mercantil privado), que permitirá la inversión extranjera en el país, como las reformas a la Ley del Adulto Mayor, del Crédito Hipotecario Nacional y la modificación de un artículo para la aprobación de un préstamo para la Universidad de San Carlos y que está a punto de perderse. Aseveró, el Diputado Castillo.


Continuó diciendo: El espacio para la discusión está, no podemos seguir negando que conservar nuestros recursos naturales, cuidar el medio ambiente pensando en las nuevas generaciones, debe ser un asunto de urgencia nacional, tanto como la seguridad alimentaria. El país merece atención integral y por esa razón conocer esta ley en el congreso es de suma importancia para nosotros los ponentes de la iniciativa.


Cuidar el medio ambiente pensando en las nuevas generaciones, debe ser un asunto de urgencia nacional, tanto como la seguridad alimentaria.” Diputado Armando Castillo, Comisión de Ambiente

Al respecto sobre si se hará un plan de sensibilización a la población sobre esta ley para que no cometa el delito llamado disposición ilegal de residuos y desechos sólidos comunes que propone la nueva ley.


El integrante de la Comisión de Ambiente comentó: si, este como otros delitos contemplados en la misma iniciativa, lleva implícita la imperante necesidad de educar a la población, pero también al empresario. Por esa razón, en el artículo 23, (planes municipales para la gestión integral de residuos y deshechos), debe contemplar la comunicación y difusión, pero en el artículo 27 es más específico aún y prácticamente delega al ente rector de la Ley, al ministerio de Ambiente, la necesidad de presupuestar y realizar campañas de concienciación e información, tanto desde el ámbito público como en alianza con actores privados, sean estas nacionales e internacionales.


Informó que una vez la ley sea discutida en el Pleno del Congreso y se dictamine favorable, será necesario iniciar el trabajo para la reglamentación de la ley, lo que permitirá establecer la dinámica para la financiación de un marco legal y operativizar la iniciativa 5830.


Agregó: De ahí que la Ley ya establece en varios artículos la participación directa de las Municipalidades, quienes ya tienen una manera de abordar la problemática, por ende, tienen presupuestos destinados para este menester, pero con la Ley 5830 deberán revisar sus fuentes de ingresos y de otorgamiento a nuevas acciones encaminadas al cuidado del medio ambiente en el marco que estable la 5830.

Foto: congreso.gob.gt

Ante la propuesta de la ley 5830 se preguntó si, ¿Esta ley no afectaría la celebración del 7 de diciembre “la quema del diablo” ya que muchas personas además de quemar piñatas queman basura?


A lo que contestó, vea, este asunto es por demás una mala práctica, pero que ocupa un lugar preponderante en el imaginario sociocultural del guatemalteco, de pronto en la ciudad tiene un poco más de atención, y como hablamos al inicio, se trata de romper paradigmas y de concienciar a la gente para las nuevas prácticas. Será una tarea compleja, pero que en algún momento habrá que abordar.


Lo mismo pasará con la gente que se ha acostumbrado a no pagar el tren de ase y tira su basura en sitios baldíos, sin tomar conciencia del daño que le hace al medio ambiente y a la especie humana.


Conociendo la 5830


para quien incumpla esta normativa estaría cometiendo el delito de disposición ilegal de residuos y desechos sólidos comunes, que se redactaría el Código Penal, dicho delito lo cometería quien: abandone, queme o almacene chatarra o desechos sólidos en caminos, carreteras, barrancos, calles o lotes baldíos.


Este delito se seria castigado con trabajo comunitario a criterio de un juez y una multa mínima de un salario mínimo no agrícola (Q.2,825.10) a veinte salarios no agrícolas (Q.56,502.00).

La pena se agravaría a una tercera parte cuando se contamine un área protegida.


En el articulo 7 de dicha ley se plantea la clasificación de los desechos los cuales son:


Comunes: todo lo que se genera por actividad humana y que es descartado y pone en riesgo la salud humana y la naturaleza. Peligrosos: son todos aquellos desechos reactivos, bio infecciosos, corrosivos, explosivos, inflamables o tóxicos. Radiactivos: Cualquier sustancia radiactiva, material que lo contenga, o este contaminada por dicha sustancia, y que sea desechada.


Los desechos comunes deben ser clasificados en inorgánicos reciclables todo aquello que pueda ser reciclado o reutilizado, por ejemplo, bolsas y empaques plásticos, latas de aluminio, vidrio, cartón, etcétera.


Inorgánicos no reciclables: son aquellos que presenten dificultades para ser reutilizados y deberán de ser puestos en un recipiente especifico.


De manejo especial o voluminosos: son los electrodomésticos, computadoras, televisores, microondas, lavadoras, etc. Estos serian llevados a lugares especiales o centros de acopio para que sean puestos en disposición final. Estos lugares serian creados por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales como ente rector junto a las municipalidades.



Foto: congreso.gob.gt

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